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Cuando se habla de prueba pericial suelen usarse diferentes términos como peritaje forense o peritaje oficial, lo que con frecuencia lleva a confusión.

Peritaje forense definición

 Un perito es una persona con conocimientos teóricos-prácticos sobre una determinada materia, pudiendo llegar a ser dichos conocimientos útiles para la resolución de un litigio.

El peritaje forense es en realidad la labor de análisis llevada a cabo por cualquier experto que es llamado a intervenir como perito en un proceso judicial, asumiendo un papel de tercero ajeno al litigio.

El objetivo de este peritaje es obtener un informe elaborado por un experto que contenga información necesaria para determinar cuestiones importantes en el litigio como los daños sufridos por la víctima, la autoría de un documento, el estado psicológico de alguna de las partes, etc.

Puede tratarse por tanto de un peritaje forense psicológico, un peritaje forense digital, un peritaje forense informático o un peritaje forense contable entre otros.

Peritaje forense significado

Ya hemos visto lo que es el peritaje forense, pero conviene matizar que se suele indicar que el peritaje es forense cuando el perito que interviene ha sido designado por la autoridad judicial.

Los órganos jurisdiccionales tienen a su disposición diferentes listados de los Colegios y Asociaciones Profesionales de su ámbito territorial de jurisdicción. Dichos listados contienen los nombres de las personas que están interesadas en desarrollar la labor de perito en una determinada materia.

Cuando la autoridad judicial estima que es pertinente una prueba pericial, recurre al listado correspondiente y elige a un profesional siguiendo el orden de la lista. Es entonces cuando se habla del perito forense.

Sin embargo, en el proceso también pueden intervenir peritos que no son considerados peritos forenses. Se trata de los profesionales contratados por alguna de las partes siguiendo su libertad de elección para que elaboren un dictamen que posteriormente será presentado en el proceso judicial.

En realidad la única diferencia entre un peritaje forense y uno que no lo es, es la forma en que se ha llevado a cabo la designación del experto. En todo lo demás, la prueba pericial debe desarrollarse de la misma forma y a efectos legales tendrán la misma fuerza probatoria los informes elaborados por un perito designado por el juez o Tribunal, que los realizados por un perito contratado por una de las partes.

Además, cualquier perito está sujeto a que se le pueda exigir responsabilidad civil, penal y/o disciplinaria si no incumple con las obligaciones propias de su cargo, tales como el deber de actuar con objetividad e imparcialidad, la obligación de comparecer en el acto del juicio si es citado para ello o el deber de presentar el informe en el plazo que se le haya dado para ello.

La prueba pericial, forense o no, será valorada por la autoridad según las reglas de la sana crítica, lo que implica que lo dispuesto en el informe no vinculará de forma alguna al jue

 

 

 

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